Cinco años de la masacre del “9S”: solo una condena e impunidad ante la responsabilidad de mando

Hoy, hace exactamente cinco años, el 9 de septiembre de 2020, Bogotá y Soacha vivieron una de las reacciones estatales más represivas y violatoria de los derechos humanos de la historia reciente nacional: la masacre del “9S”. Todo empezó con el asesinato bajo custodia policial del estudiante Javier Ordóñez, en el CAI Villaluz, el cual provocó que alrededor de 12.000 manifestantes salieran a las calles de Verbenal, Aures, La Gaitana, Suba Rincón, Kennedy, Ciudad Bolívar, Usme y Soacha con el objetivo de protestar ante tal crimen y, además, recriminar los métodos violentos históricamente reproducidos por la Fuerza Pública. La respuesta estatal terminó de quebrar la confianza ciudadana en la Policía Nacional.

Si bien parte de la ciudadanía afectó la infraestructura policial y atacó directamente a miembros de la institución, la respuesta de los uniformados y de los altos mandos oficiales fue a todas luces desproporcionada. En contraste con la normativa institucional y las obligaciones internacionales de Colombia en materia de derechos humanos, los policías accionaron sus armas de fuego. Producto de la respuesta sistemática fueron asesinados 13 ciudadanos en distintos núcleos de protesta a lo largo de la ciudad, y centenares de víctimas resultaron gravemente heridas con impactos de bala y golpes con elementos contundentes. 

Tras cinco años de los hechos recordados como la “masacre del “9S”, la Fiscalía General de la Nación solo ha logrado una condena en primera instancia y ha demostrado su incapacidad para investigar a integralidad todos los casos. La Procuraduría dispuso la máxima sanción posible contra un policía, y en los últimos días sancionó a un excomandante de CAI por omitir el auxilio a una víctima que quedó tendida a solo metros de la instalación policial. La responsabilidad de mando no ha sido sancionada. 

Es por ello que los familiares de víctimas, quienes han resistido con valentía cinco años de amenazas, ausencias incalculables, estigmatizaciones y hasta ataques directos, esperan mucho más de las instituciones del Estado, que han esclarecido poco o nada de lo que ocurrió esa noche, y cuyas fuerzas de seguridad actuaron como victimarios cuando su función en la sociedad era la protección de la ciudadanía.

La única sentencia condenatoria 

En diciembre de 2024, el patrullero Jhon Antonio Gutiérrez fue sentenciado a 10 años de cárcel por orden del Juzgado 44 penal de Conocimiento de Bogotá. En primera instancia quedó demostrada su responsabilidad por el asesinato de los jóvenes Andrés Felipe Rodríguez, de 23 años, y Jaider Alexander Fonseca, de 17 años y padre de familia. Ambos fueron impactados en inmediaciones del CAI Verbenal, al norte de Bogotá. El juzgado del caso entendió que el entonces funcionario público accionó su arma en distintas oportunidades, causando la muerte de las víctimas en un acto de imprudencia máxima. El juzgado argumentó, no obstante, que no tuvo intención directa de asesinar.  

Jaider Fonseca vivía en el barrio Verbernal y el día de los hechos había salido a montar bicicleta, cuando de regreso se encontró con un cacerolazo contra los uniformados del sector, del cual decidió participar. Andrés Felipe Rodríguez, por su parte, no pudo entrar en un alimentador del servicio de Transmilenio, por lo que decidió quedarse en la manifestación pública. En la sentencia, el juzgado sentenció que en una sociedad es “inadmisible (…) que un uniformado, llamado a ser escudo y no filo, haya atentado contra aquellos que alzaban su voz en forma protesta”. El Tribunal Superior de Bogotá está evaluando el caso en segunda instancia. 

El juicio que está por resolverse 

El expediente de Fonseca y Rodríguez pudo ser esclarecido dado que el proyectil disparado en su contra quedó incrustado en los cuerpos de las víctimas. La misma situación, clave en materia forense, sucedió en el caso de la joven Angie Paola Baquero, de 29 años, quien fue asesinada la noche del “9S” en inmediaciones del CAI Aures, en la localidad de Suba. Según acusa la Fiscalía, el proyectil encontrado coincide con el arma de dotación asignada en 2020 al patrullero activo Jorge Andrés Lasso Valencia. Este caso permanece en etapa de juicio y se espera que en los próximos meses haya sentencia de primera instancia.

La responsabilidad de mando

Con respecto a los homicidios del “9S”, estos últimos tres expedientes son los únicos que tienen un avance en la justicia penal, dado que las autoridades investigativas pudieron recuperar el proyectil del homicidio, para luego compararlo con las armas de dotación de los procesados. Los demás casos de homicidio permanecen en la impunidad: Julián González Fory; Cristian Hernández Yara; Julieth Ramírez Meza; Germán Puentes Valero; Freddy Mahecha Vásquez; Cristian Hurtado Meneses; Lorwan Mendoza; Eider Arias; Anthony Estrada Espinoza; y Marcela Zúñiga.

Por ello, en diciembre de 2022, la Asociación Red de defensores y defensoras de derecho humanos (dh Colombia) solicitó al entonces fiscal general Francisco Barbosa que adelantara una imputación contra dos oficiales  de la Policía, por su presunta responsabilidad de mando, al menos en los casos relacionados con el barrio Verbenal. Se trata del teniente Reinero Alberto Cuartas, quien servía como comandante del CAI Verbenal, y el coronel Roberto Carlos Sánchez, antes comandante de la Estación de Policía de Usaquén, que cubre esa parte de la capital. 

Se considera que ambos podrían tener responsabilidad penal al tener bajo su mando a todos los policías que participaron en la atención de las protestas en esa zona de Bogotá. La Fiscalía, de hecho, tiene en juicio, por fallar en su posición de garante de la ciudadanía, al coronel en retiro Edgar Vega Gómez, quien era comandante operativo de la Policía Metropolitana de Cali, durante las protestas del Paro Nacional de 2021 que dejaron alrededor de una decena de muertos en el Valle. Sin embargo, la Fiscalía todavía no se pronuncia con respecto a la responsabilidad de mando en los expedientes del “9S”. 

El papel de la Procuraduría

En una reciente decisión, una sala disciplinaria de Juzgamiento de la Procuraduría absolvió de responsabilidad al coronel Sánchez: el comandante de Policía de la localidad de Usaquén durante los hechos del “9S”. Era el policía de más alto rango en ser procesado en la justicia disciplinaria por su responsabilidad de mando. Sin embargo, la sala de la entidad encontró que, en algún punto de la noche, dio la instrucción a sus subalternos de no hacer uso del arma de fuego. Además, la sala concluyó, en decisión de primera instancia, que solo quien dispara el arma de dotación es responsable de sus propias acciones. Es decir, según este fallo,  cada policía responde por su propio caso. 

En la misma decisión, por otro lado, la Procuraduría sancionó con una suspensión del cargo por cinco meses al teniente Reinero Alberto Cuartas Jiménez, quien era comandante del CAI Verbenal. Dado que el procesado ya no está vinculado a la Policía Nacional, se ordenó una multa en su contra, la cual, en todo caso, irá a parar a los bolsillos de la misma institución de la Fuerza Pública. Fue encontrado responsable por omisión de funciones, al no dar orden alguna para proteger el cuerpo y la escena del crimen relacionada con el joven Cristhian Hernández Yara, de 26 años, a pesar de que la víctima fue impactada a escasos metros del CAI. 

También en esa reciente decisión se concedió la absolución al patrullero Emmanuel Córdoba Arias, quien había sido llamado a juicio disciplinario por, como primer respondiente, tampoco haber reaccionado ante el homicidio de Cristhian Hernández Yara. En su caso, la Procuraduría aseguró que no recibió órdenes de sus superiores de proteger el cuerpo y la escena del crimen, y por lo tanto no podría resultar responsable de omitir una función que solo pudo haber realizado mediante un órden directa. Sin embargo, dh Colombia presentó un escrito de apelación, con el cual espera que los tres procesados de este expedientes resulten sancionados. 

Otros procesos disciplinarios 

En junio pasado, por el asesinato de Anthony Gabriel Estrada Espinoza, de 28 años, la Procuraduría destituyó y sancionó con una inhabilidad para ejercer cargos públicos por 20 años al patrullero Óscar Alexander Márquez. El uniformado era uno de los efectivos que atendió las protestas del “9S” en inmediaciones de la estación de Policía León XIII en Soacha. Según la investigación del órgano disciplinario, Márquez actuó con dolo al acabar con la vida de la víctima, en un entorno de “alta agitación y aglomeración”. En esa misma decisión, el patrullero Wilmer Andrés Ricaurte fue sancionado con ocho años de inhabilidad por el uso imprudente de su arma de dotación. 

El patrullero John Antonio Gutiérrez, quien es el único sentenciado en el marco de la justicia penal, también fue destituido del cargo e inhabilitado para ejercer cargos públicos por 15 años, en decisión de agosto pasado. “Actúo con pleno conocimiento de que su comportamiento era antijurídico y contrario al derecho. (…) No existe duda de que el patrullero tenía la capacidad de autodeterminarse, es decir, comprendía que, al disparar de manera indiscriminada e injustificada durante una protesta social, aun en un contexto de disturbios y desorden, podía ocasionar lesiones graves o la muerte a alguna persona”, se lee en el fallo disciplinario.

Scroll al inicio