Hace cinco años el presidente Juan Manuel Santos prometió que «en Colombia A NADIE, a NADIE se le podrá hacer seguimiento por motivo de su filiación política o su participación en organizaciones no gubernamentales» |1|.
Meses más tarde, al decretar la supresión del Departamento Administrativo de Seguridad (DAS), señaló que el país conocía «muy bien» la razón de la liquidación, que no era otra diferente a las sucesivas denuncias por abusos de derechos humanos en los que estuvo involucrada la entidad en sus 58 años de historia, la última de ellas del 2009, recordada como el escándalo de las «chuzadas».
De esta manera, con un paquete de reformas que incluyó la creación de la Unidad Nacional de Protección |2| (UNP) como un organismo de seguridad encargado de brindar medidas para garantizar la vida de las personas amenazadas en Colombia -función que hasta entonces le correspondía al DAS, lo que facilitó el espionaje masivo de defensores de derechos humanos, líderes sociales, congresistas, magistrados de las altas cortes y periodistas- Santos dio por superados los escándalos del pasado y anunció una modernización total del sector de la inteligencia y la seguridad en el país |3|.
Ese mismo día fueron creadas la Unidad Especial de Migración, dependiente de la Cancillería, y la Dirección Nacional de Inteligencia, con lo que el Ejecutivo colombiano separó de forma tajante las labores de protección de las de inteligencia del Estado. Por ello, si bien la UNP es un organismo de seguridad, no tiene funciones de inteligencia.
Aunque desde su creación la UNP no ha estado exenta de denuncias que van desde hechos de corrupción |4| hasta infiltración de los esquemas de seguridad |5|, pasando por amenazas |6|, montajes |7| y homicidios |8| de protegidos realizados por los propios escoltas, hasta ahora todo parecía ser un conjunto de graves hechos aislados producto, de un lado, de la permanencia en la entidad de los «herederos de las malas prácticas del DAS» y, del otro, de la falta de controles administrativos.
Sin embargo, desde hace varios meses la Unidad ha comenzado a implementar una medida que, si bien a simple vista podría ser considerada como una adecuación tecnológica para ayudar en eventuales situaciones de riesgo a las personas amenazadas, incluye un dispositivo que le permite a la UNP escuchar -sin autorización- las conversaciones de los protegidos y revive los temores que parecieron haber sido enterrados con la liquidación del DAS.
Se trata de un botón de pánico que será entregado a 2 mil personas beneficiarias de los programas de protección de la UNP, y que, según las instrucciones dadas por los funcionarios de la Unidad a quienes hasta ahora lo han recibido, debe permanecer activado y cargado las 24 horas del día en todo tiempo y lugar.
El «botón de ayuda», como lo llama la UNP, está equipado de un dispositivo de ubicación geográfica (GPS) y permite establecer conversaciones de voz entre quien lo tiene y quien lo monitorea, función que hasta ahora le ha sido ocultada a quienes ya les ha sido implementado, según se desprende de las 25 entrevistas realizadas en el marco de esta investigación.
Entre abril y julio de este año, el botón de pánico le fue entregado a personas desplazadas, líderes sindicales, comunitarios, afrocolombianos, reclamantes de tierras, mujeres líderes de procesos locales con perspectiva de género, miembros de la Mesa de Víctimas en diferentes regiones del país, así como a algunos concejales, periodistas y defensores de derechos humanos.
A ninguno de ellos la UNP le solicitó autorización para escuchar sus conversaciones, ni menos aún le dio instrucciones para establecer comunicaciones de voz a través del dispositivo en caso de emergencia, si bien algunos de los entrevistados, como Astrid Sabogal, de la Mesa de Víctimas en Pereira, o Jimmy Núñez, del Sindicato de Vendedores Ambulantes en Cali, manifestaron su extrañeza frente al hecho de que el botón tiene un «telefonito dibujado al lado izquierdo», pero sólo les enseñaron a presionar el «del centro, que dice SOS».
De hecho, la principal queja de los beneficiarios consultados fue la de que si en una eventual emergencia alcanzaran a activar el botón de pánico, probablemente no tendrían una segunda oportunidad para contestar la llamada de la UNP a sus celulares, tal y como les indicaron era el protocolo establecido por la entidad.
Shenzhen Co-Creation Technology Co.,Ltd., la empresa fabricante del botón de pánico adquirido por la UNP a través de la empresa COMCEL S.A (Claro), incluye en internet la descripción total de las funciones del dispositivo, entre las que se encuentran el «monitoreo de voz» y la «comunicación de voz de dos vías», como una de las innovaciones tecnológicas más importantes.
http://www.aliexpress.com/item/sos-panic-button-gsm-gprs-gps-tracker-sos-gsm-alarm-system-anti-kidnapping-gps-tracker-ET017S/32612751979.html
El contrato 981 para la adquisición de los botones de pánico fue firmado por el director de la UNP, Diego Fernando Mora, el 17 de diciembre de 2015. Se trata del primer y hasta ahora único contrato de carácter «reservado» de esa entidad, con el argumento de que el secreto es necesario para salvaguardar la vida de los 2 mil beneficiarios de los botones de pánico que serán implementados en los próximos meses.
La contratación, por un valor de 1.341 millones de pesos -aproximadamente 435 mil dólares- se firmó en un tiempo récord de 15 días, durante los cuales la UNP elaboró los estudios previos (1º de diciembre) y expidió el certificado de disponibilidad presupuestal (7 de diciembre) que sustentan el proceso y sus pagos.
Si bien en el documento firmado por la UNP y Colombia Comunicación celular S.A. COMCEL S.A. (Claro) se asegura que la compra de los botones de pánico estaba contemplada en el plan de adquisiciones de la entidad para el año 2015, en respuesta a un derecho de petición del Equipo Nizkor, Diego Fernando Mora reconoció que esto no era cierto, lo cual vulnera los requisitos de la contratación estatal, y anunció una investigación interna para determinar la razón de la irregularidad |9|.
La UNP también asevera en el contrato que la implementación de los botones de pánico fue presentada en la propuesta de modificación de medidas de protección al Consejo Directivo de la entidad, encabezado por el ministro del Interior, «iniciativa que no fue objetada por el citado órgano directivo».
Al solicitársele copia de dicha propuesta, la Unidad sólo adjuntó un certificado sobre la realización de una reunión el 19 de agosto de 2015 y manifestó que no existía un documento escrito y que, en todo caso, dicha información era reservada.
Según la UNP |10|, el resultado de la propuesta presentada en agosto fue el decreto 567 de 8 de abril de 2016 |11|, expedido por los ministros del Interior, Juan Fernando Cristo, y de Defensa, Luis Carlos Villegas. Sin embargo, en éste no aparece incluida la implementación de botones de pánico como nueva medida de seguridad para los protegidos.
En los considerandos del contrato la UNP consagró que «los botones de pánico son una medida de seguridad de alta eficiencia y uso oculto en los esquemas de protección; para que sean efectivos es necesario que su descripción y ubicación no sean reveladas de ninguna forma, con el fin de no alertar el uso de estas nuevas medidas y así que no sean de público conocimiento es necesario acudir a los mecanismos que el estatuto de contratación contempla para este tipo de casos», y que «en virtud del uso que han de tener estos elementos como medida de seguridad, es necesario que el proceso sea reservado en aras de garantizar la eficacia de la misma».
Para determinar la reserva del proceso de contratación la UNP se basó en un artículo del decreto 1082 de 2015, que a su vez cita otro de un decreto (1510 de 2013) suspendido por el Consejo de Estado |12| al considerar que el gobierno nacional no podía establecer reservas por decreto, pues éstas deben estar consagradas en leyes promulgadas por el Congreso de la República |13|.
Para la UNP, la suspensión de dicha norma facultó a la entidad para decidir en forma autónoma qué contratos deberían tener carácter reservado, en este caso la compra de botones de pánico, «porque se estimó que constituye un bien que presta un servicio idóneo, efectivo, eficaz y adecuado que garantiza la protección de la vida, seguridad e integridad personal, pues permite obtener información inmediata y, de esta forma, generar una reacción rápida que asegura la aludida protección de dichos derechos fundamentales».
De esta manera, la Unidad Nacional de Protección desconoció lo resuelto por el Consejo de Estado, que desde junio de 2014 había dejado en claro que «los bienes, obras y servicios que requieran reserva para su adquisición serán los que en esos términos y de manera expresa cuenten con el respectivo amparo legal, pues de lo contrario no podrá predicarse de los mismos condición reservada alguna».
Peor aún, en una segunda respuesta enviada al Equipo Nizkor, la Unidad equiparó su accionar al de un organismo de inteligencia al justificar la reserva de la contratación de los botones de pánico citando un concepto del Consejo de Estado, según el cual, «la importancia del secreto justifica que la información relacionada con asuntos de inteligencia y contrainteligencia, los cuales hacen parte de actividades de defensa y seguridad nacional, sea reservada (…) |14|.
No revelar la totalidad de las características técnicas vicia el consentimiento de los protegidos
Como ya se dijo, las funciones, tamaño y características del botón de pánico se encuentran en internet y coinciden cien por cien con los que han sido otorgados por la Unidad Nacional de Protección a, al menos, 60 personas amenazadas en los últimos meses.
El Equipo Nizkor ha tenido acceso a los embalajes, botones, especificaciones técnicas y folletos (en inglés) entregados a los protegidos, y dispone de fotografías de los mismos, lo que le ha permitido constatar que se trata del dispositivo puesto en el mercado por la empresa china Shenzhen Co-Creation Technology Co. Ltd., pionera en el desarrollo de los GPS a nivel mundial, de la cual fue posible obtener hasta los certificados de propiedad intelectual del botón de pánico, que es promovido bajo las etiquetas «panic button, gsm, gprs, gps tracker, sos, gsm alarm system, anti kidnapping gps tracker».
según información de distintos distribuidores del producto online
Fotografía del embalaje del botón de pánico entregado por la UNP a la periodista Amalfi Rosales.
De las especificaciones del botón ofrecidas por la empresa fabricante se desprende que éste tiene, entre otras funciones, las de «seguimiento en tiempo real por satélite GPS», «seguimiento en tiempo real de acuerdo a la ubicación de la red celular», «capacidad de seguimiento en ambientes cerrados», «sensor de movimiento incorporado», «sensor de velocidad», «monitoreo de voz», «comunicación voz a voz de alta calidad con manos libres», «registro de datos de hasta 60 mil ubicaciones», «alarma de movimiento» y «seguimiento en tiempo real en un mapa de computador o de equipo móvil».
El Equipo Nizkor entrevistó a 25 personas a quienes el Comité de Evaluación de Riesgos y Recomendación de Medidas (CERREM) decidió otorgarles el botón de pánico como medida de seguridad -recomendación que surge de las consideraciones del Grupo de Valoración Preliminar (GVP) en el cual son escuchados los analistas de la UNP que realizan el estudio de riesgo y evalúan las medidas a adoptar.
En todos los casos, según los protegidos, la Unidad se limitó a explicar el botón como un sistema de alerta que debe activarse en situaciones de emergencia y frente a cuya activación la Unidad hará una llamada al protegido o a las autoridades, dependiendo de si éste se encuentra en una zona rural o urbana. Varias de las personas entrevistadas se quejaron incluso porque el botón les fue entregado sin indicación alguna, como sucedió en el caso de la periodista Gisela Hurtado de Timaná (Huila), a quien el dispositivo le fue entregado en una panadería «sin mayores trámites y a toda carrera».
(Fotografía tomada del sitio web www.unp.gov.co) |
¿Por qué la UNP oculta las especificaciones técnicas del botón de pánico y las características de rastreo y escucha? En entrevista realizada al director de la Unidad, Diego Fernando Mora, afirmó éste que «en la medida en que menos se sepa y menos información haya de que un protegido pueda tener un dispositivo de éstos, aumenta la idoneidad de la medida. Sin contar que tiene otra serie de características que no son, llamémoslo que no es… que no es recomendable que se conozca. ¿Por qué? Porque tiene otra serie de propiedades que pueden utilizarse.»
Si bien se negó a entrar en detalle, tales propiedades se encuentran en internet y hasta en los embalajes de origen del botón, las cuales están resumidas en cuatro palabras: «rastrear, monitorear, llamar y proteger».
Según Diego Fernando Mora, la UNP cuenta con «unas terminales que son dedicadas exclusivamente a eso, donde se encuentran precisamente los mapas, donde nos llegan las alertas, donde nosotros hacemos la verificación, todo eso lo controlamos nosotros basados en una plataforma de Claro. Todo eso está en cabeza de la Unidad basado en la plataforma. Nosotros nos estamos encargando directamente de la operación».
El fantasma de las «chuzadas»
«Chuzadas» es el término coloquial con que en Colombia se conoció el escándalo de espionaje, persecución y escuchas ilegales del gobierno de Álvaro Uribe (2002-2010) contra más de 300 personas, entre defensores de derechos humanos, periodistas, sindicalistas, congresistas de oposición, magistrados de las altas cortes y sus familias, y que llevó a la cárcel a no menos de 25 funcionarios del extinto DAS.
La implementación del botón ha revivido temores en varios protegidos, que se han negado a aceptar la medida por considerarla un medio de espionaje y no una garantía de protección.
A la fecha, según información obtenida por el Equipo Nizkor en el marco de esta investigación, dos sindicatos, dos organizaciones no gubernamentales y varios miembros del Movimiento de Víctimas de Crímenes de Estado (Movice) y la Mesa Nacional de Víctimas en diversas regiones del país, han rechazado la entrega de botones de pánico.
En una carta enviada el pasado 27 de junio, el Sindicato Nacional de Trabajadores de la Procuraduría General de la Nación (Sintraproan) expresó su preocupación por las características de la medida al informar las razones por las cuales la presidenta de la Seccional Bogotá, Gloria Stella Angarita, no aceptó el botón.
«Consideramos que se puede estar violentando una norma de estirpe Superior que protege y garantiza el derecho a la intimidad en el artículo 15 [de la Constitución], en la medida que el ‘botón’ contenga un chip que permita hacer seguimiento de todos los movimientos que realice la compañera. El derecho a la intimidad debe ser respetado por todos y el Estado tiene el deber de respetarlo y hacerlo respetar».
«En lo que concierne a que ésta sea una medida de protección eficaz, debemos confesar, con toda sinceridad, que no la entendemos cómo puede prevenir la ocurrencia de un atentado en contra de la protegida en este caso. La catalogamos como una medida no idónea», afirmó el presidente del Sindicato, William Millán.
En forma similar se expresó Rocío Campos, del Movice Barrancabermeja, quien afirmó que no recibiría el botón por considerar que la medida raya en la «estupidez», pues si cuando ha habido dificultades se ha llamado a la Policía y ésta ha tardado en llegar «qué puede esperarse de unos funcionarios que están en Bogotá pendientes de un botón».
Según Campos, las organizaciones de derechos humanos de Barrancabermeja están estudiando la posibilidad de rechazar en forma conjunta el botón de pánico, que hasta ahora le ha sido entregado a miembros del Colectivo 16 de Mayo y de la Asociación Nacional para la Ayuda Solidaria (ANDAS).
Asimismo, Bertha Cecilia Quiñones, de la Mesa de Víctimas del Valle, y Fernando Sanmiguel, investigador social de la Iglesia Presbiteriana de Colombia, se han negado a aceptar el botón de pánico por considerarlo una medida «inapropiada» que podría generar mayores problemas y cuya idoneidad no está probada, pese a lo que afirma la Unidad Nacional de Protección.
La mayoría de protegidos entrevistados por el Equipo Nizkor calificaron el botón de pánico como una medida «absurda», y se mostraron inconformes con el hecho de que ésta haya reemplazado en la práctica el auxilio de transporte que la UNP les brindaba para movilizarse en las regiones.
Si bien el director de la UNP asegura que el botón de pánico no reemplaza el auxilio económico -medida que fue descartada mediante decreto- lo cierto es que los protegidos manifestaron que «ése es el cambio» que les han hecho.
Para Diego Felipe Pardo, presidente del Sindicato de Trabajadores de Bebidas Alcohólicas de Colombia, la garantía que brinda el botón «es mínima. Antes me daban un auxilio de transporte y yo contrataba un vehículo. Nunca he tenido un esquema, a pesar de que el anterior presidente de mi organización, Henry Ramírez Daza, fue asesinado. Nosotros hemos asumido demandas por corrupción en las licoreras del país que involucran a exparamilitares en Antioquia, al exgobernador del Cauca Juan José Chaux, a gente muy poderosa en todo el país».
A Astrid Sabogal, de la Mesa de Víctimas de Pereira, el pasado 13 de julio le fue hurtada información sobre víctimas y procesos que apoya. «Ingresaron a mi sitio de residencia mientras yo no estaba. Mi hija estaba en pánico cuando llegué al lugar. De qué me sirve que a mí me protejan si mis hijos quedan vulnerables. El botón me parece riesgoso, no es igual a tener un apoyo de transporte. Uno en un bus con chaleco antibalas, escolta armado y un botón de pánico llama mucho la atención».
Pese a que el director de la UNP fue categórico en afirmar que el botón de pánico sería entregado sólo para protegidos que residen en zonas urbanas, encontramos que éste ha sido implementado en lugares lejanos de Tumaco, Cauca, Arauca, Norte de Santander y Bolívar, entre otras regiones.
Según defensores como Ernestina Cruz, de la Mesa de Víctimas del Valle, «a mí me dijeron que era sólo para la zona urbana, no para la rural. Pero la verdad yo viajo para el Cauca, para muchas partes del país. Debido a eso, me acerqué a denunciar ante la Defensoría del Pueblo y la respuesta fue que yo lo que quiero es plata. Me dijeron ‘a ustedes los líderes no les sirve el botón porque a ustedes sólo les sirve plata’. Yo les respondí ‘no importa que no me den plata, pero denme un transporte para moverme’. Hace poco me encontraba en carretera en la zona de El Bordo – Patía y había un bloqueo que me preocupó porque yo estoy creando un Consejo Comunitario allá. Activé el botón pero no me sirvió».
Es claro que las características del botón de pánico permiten rastrear hasta la velocidad con que se mueven las personas que lo cargan, además de ubicarlas a través de geolocalización satelital y celular y escuchar sus conversaciones incluso en ambientes cerrados.
Así lo han dejado saber a varios protegidos los funcionarios de la UNP encargados de entregar el botón a los beneficiarios. Por ejemplo, a Ernestina Contreras Cruz, integrante del Comité Ejecutivo de la Mesa Víctimas en Cali y líder de la organización Tejedoras de Paz, le dijeron «si a usted le gusta la privacidad no lo vaya a activar en todo momento porque ahí vamos a estar nosotros».
Por Claudia Julieta Duque |*|
Investigación de Equipo Nizkor y Radio Nizkor
Nota documental del Equipo Nizkor:
Las personas protegidas entrevistadas cuyos nombres y apellidos aparecen en la presente investigación, autorizaron expresamente la publicación de los mismos.
Durante el desarrollo de esta investigación, la Unidad Nacional de Protección presionó en forma indebida a Claudia Julieta Duque con el ánimo de obstruir su trabajo periodístico.
El director de la UNP la señaló de estar ejerciendo una venganza en su contra por conflictos presentados en la implementación de las medidas de seguridad en favor suyo y de su familia, los cuales se encuentran en discusión vía tutela, acción legal con la que en el pasado la periodista ha logrado ser protegida.
En entrevista realizada el 14 de junio de 2016, Diego Fernando Mora acusó a Claudia Julieta Duque de intentar meterlo a la cárcel, de usar información «sustraída ilegalmente» de la UNP y de afectar la idoneidad del botón de pánico si llegara a publicar al respecto. Igualmente, en el marco de la acción de tutela ya referida, intentó excluir a la periodista del programa de protección de la UNP y hacer que ésta fuera incluida en un programa similar de la Fiscalía General de la Nación, solicitud que fue rechazada por el Tribunal Administrativo de Cundinamarca. Como si ello fuera poco, utilizó a la periodista Darcy Quinn para fustigar su trabajo y filtrar información sobre los detalles de su esquema de seguridad y su relación del último año y medio con la UNP, contrariando las normas legales que le imponen a la Unidad el deber de reserva absoluta sobre los esquemas de los protegidos. También utilizó al abogado Juan Pablo Estrada Sánchez, abogado contratista de la UNP y comentarista de Caracol Radio, para denigrarla en la red social de Twitter.
Por ello desde el Equipo Nizkor responsabilizamos directamente al director de la UNP, Diego Fernando Mora, frente a cualquier empeoramiento de la situación de seguridad de Claudia Julieta Duque.
Gregorio Díaz Dionis
Presidente Equipo Nizkor
Notas:
*. Claudia Julieta Duque es periodista y cuenta con medidas de la Unidad Nacional de Protección. Ninguna de ellas está relacionada con el botón de pánico, de cuya existencia se enteró como periodista. [Volver]
1. Palabras del Presidente Juan Manuel Santos en la presentación de 11 nuevos proyectos de ley. En: http://wsp.presidencia.gov.co/Prensa/2011/Marzo/Paginas/20110328_04.aspx , 28 de marzo de 2011 (visitada por última vez el 1 de agosto de 2016). Permalink disponible en: http://www.derechos.org/nizkor/colombia/doc/santos16.html [Volver]
2. Decreto 4065 de 31 de octubre de 2011. [Volver]
3. Declaración del Presidente Juan Manuel Santos luego de firmar el decreto que liquida el DAS. En: http://wsp.presidencia.gov.co/Prensa/2011/Octubre/Paginas/20111031_13.aspx 31 de octubre de 2011 (visitada por última vez el 1 de agosto de 2016). Permalink disponible en: http://www.derechos.org/nizkor/colombia/doc/das363.html. [Volver]
4. Red de corrupción en la Unidad de Protección, en: http://www.elespectador.com/noticias/judicial/red-de-corrupcion-unidad-de-proteccion-articulo-513028, 26 de agosto de 2014 (visitada por última vez el 1 de agosto de 2016). Permalink disponible en: http://www.derechos.org/nizkor/colombia/doc/unp5.html. [Volver]
5. RSF denuncia irregularidades en el mecanismo de protección a periodistas http://www.rsf-es.org/news/colombia-rsf-denuncia-irregularidades-en-el-mecanismo-de-proteccion-de-los-periodistas/, 11 de mayo de 2016 (visitada por última vez el 1 de agosto de 2016). Permalink disponible en: http://www.derechos.org/nizkor/colombia/doc/unp9.html. [Volver]
6. Escolta de la UNP aceptó responsabilidad en amenazas contra Piedad Córdoba y Aída Avella http://www.elespectador.com/noticias/judicial/escolta-de-unp-acepto-responsabilidad-amenazas-contra-p-articulo-568698, 26 de junio de 2015 (visitada por última vez el 1 de agosto de 2016). Permalink disponible en: http://www.derechos.org/nizkor/colombia/doc/unp7.html. [Volver]
7. Absuelto Teodoro Ibáñez http://elmeridianodecordoba.com.co/monteria/item/68503-absuelto-teodoro-ib%C3%A1%C3%B1ez, 26 de septiembre de 2014 (visitada por última vez el 1 de agosto de 2016). Permalink disponible en:http://www.derechos.org/nizkor/colombia/doc/unp6.html. [Volver]
8. Capturados dos funcionarios de la UNP por presuntos homicidios en Guacarí, Valle http://www.elpais.com.co/elpais/judicial/noticias/capturados-dos-funcionarios-unp-por-presuntos-homicidios-guacari-valle, 6 de agosto de 2015 (visitada por última vez el 1 de agosto de 2016). Permalink disponible en: http://www.derechos.org/nizkor/colombia/doc/unp8.html. [Volver]
9. Respuesta de la UNP del 13 de junio de 2016 al derecho de petición presentado por el Equipo Nizkor el 27 de mayo. [Volver]
10. Respuesta de la UNP del 13 de junio de 2016. [Volver]
11. Ver: http://es.presidencia.gov.co/normativa/normativa/DECRETO%20567%20DEL%2008%20DE%20ABRIL%20DE%202016.pdf (visitada por última vez el 1 de agosto de 2016). Permalink disponible en:http://www.derechos.org/nizkor/colombia/doc/coldecreto567.html [Volver]
12. Máxima autoridad de lo Contencioso Administrativo en Colombia. [Volver]
13. «En cuanto la circunstancia de la contratación sometida a reserva constituye una excepción frente al aludido Principio Constitucional de Publicidad que constituye la regla general y que está llamado a orientar todas las actuaciones de la Administración Púbica, el desarrollo de tal excepción y su detallada regulación acerca de los eventos e hipótesis en los que tiene cabida, tal y como lo sostiene el demandante, sólo puede estar en cabeza del legislador, sin que sea posible que el Gobierno Nacional asuma, a través del reglamento, la definición de tales excepciones». Sección Tercera, proceso 50.222, Consejero Ponente Mauricio Fajardo Gómez. [Volver]
14. Respuesta de la UNP del 20 de junio de 2016 al recurso de insistencia presentado por el Equipo Nizkor el 14 de junio de 2016. [Volver]
Fuente: http://www.derechos.org/nizkor/colombia/doc/unp4.html