El juzgado Sexto Administrativo del Circuito de Bogotá le dio un plazo de tres días al presidente de la República, Gustavo Petro, para que se pronuncie de fondo sobre la petición que hicieron representantes de víctimas de ‘falsos positivos’, para que sea revocada la medalla de “Servicios distinguidos en Orden Público” que fue entregada en 2007 al general en retiro Henry William Torres Escalante, hoy imputado por la Jurisdicción Especial para la Paz por más de 300 de estos casos.
La medalla fue otorgada el 3 de agosto de 2007 mediante un decreto firmado por el entonces ministro de Defensa Juan Manuel Santos. Torres Escalante está en manos de la JEP como uno de los máximos responsables de crímenes de guerra y de lesa humanidad cometidos en Casanare entre el enero y julio de 2007, cuando fue comandante de la Brigada 16 del Ejército Nacional.
El abogado José Hilario López de la organización DH Colombia, que representa a familias de las víctimas de las ejecuciones extrajudiciales, solicitó el 17 de marzo de 2025 que la medalla sea revocada y que un oficial que reconoció la realización de tan atroces crímenes no siga figurando con ese reconocimiento.
“Mantener el reconocimiento público, que se expresa a través de la condecoración, por actos miserables, criminales, disfrazados de “valor”, constituyen un atentado contra los valores de una sociedad que lucha para dejar atrás el camino de la ignominia”, indicó el abogado en la petición enviada a la Presidencia de la República.
Esa entidad envió la solicitud al Ministerio de Defensa que no respondió la petición que es relevante ya que las víctimas no están de acuerdo con que el oficial retirado devuelva la medalla voluntariamente, al estimar que esto no es un acto de reparación. En su lugar, insisten en que debe ser revocada.
El 22 de julio de 2025, la Presidencia se limitó a responder que no podían dar trámite a la solicitud porque el abogado supuestamente “no sustentó, en el sentido de exponer de manera y concreta, las razones fácticas y jurídicas para que proceda la revocatoria directa”.
El abogado presentó una tutela que acaba de ser resuelta. La decisión conocida por CAMBIO señala que esa respuesta de la Presidencia es insuficiente, porque no respondió de fondo el asunto y, además, el documento de respuesta no fue enviado debidamente.
“La prueba aportada para acreditar su notificación carece de idoneidad, pues únicamente se observa un texto o fragmento de un correo electrónico, sin que exista certeza sobre la fecha de su remisión, ni sobre su efectiva entrega o recepción por parte del destinatario. Asimismo, no se allegó otro medio probatorio que permita acreditar el envío de la respuesta, ya sea de manera virtual o física, lo cual evidencia de forma clara la ausencia de notificación válida por parte del Ministerio de Defensa”, indicó el juzgado.
Por eso, el despacho judicial le dio el plazo de tres días al presidente Petro para “emitir y notificar al accionante la decisión de fondo, clara, precisa y congruente respecto de la solicitud de revocatoria parcial del Decreto 2965 de 2007 (que otorgó la medalla)”, señala el fallo.
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