Fuente: El Espectador
El joven quedó atrapado en medio de una protesta petrolera en Campo Rubiales en septiembre de 2011 y resultó gravemente herido por agentes del Esmad. La decisión la tomó el Juzgado 59 Administrativo de Bogotá.
El 18 de septiembre de 2011, las instalaciones del área de explotación petrolera Campo Rubiales en el municipio de Puerto Gaitán en el Meta, eran el foco de una protesta pacífica de trabajadores de la empresa cuando agentes del Escuadrón Móvil Antidisturbios (Esmad) lanzaron gases lacrimógenos para sofocarla. Javier*, un joven que no participaba en la protesta y que llevaba apenas un año trabajando allí, quedó atrapado en ella y terminó con severas lesiones en uno de sus ojos luego que agentes de ese cuerpo policial le propinaran una brutal golpiza. Por ello, el Juzgado 59 Administrativo de Bogotá acaba de condenar a la Nación.
Javier fue obligado por unas personas que estaban en la protesta a conducir una tractomula hasta un sitio conocido como “El Machín”, bajo la amenaza de lincharlo si no lo hacía. En el camino, el vehículo recibió impactos de granadas que lanzaban agentes del Esmad. Los gases lacrimógenos hicieron que Javier perdiera el control del vehículo de carga que siguió andando hasta detenerse por sí solo. Cuando esto sucedió, al menos 20 agentes del Esmad, lo acribillaron a golpes de bolillo, macanas, patadas, insultos y amenazas.
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“Perdí el conocimiento porque los gases me ahogaron (…). Después de que me sacaron de la mula me dieron pata, puño, bolillo y me decían que me iban a matar, que me iban agarrar y me iban a llevar a la cárcel. Estando ahí fue que llegó la gente a bregarme a sacar, pero no me entregaban que porque yo era un gran hijueputa que estaba haciendo parte de la manifestación (…) yo perdí la conciencia y de ahí de eso fue cuando me entregaron a una ambulancia de Pacific Rubiales y me llevaron Arrayanes”, relató la víctima.
Javier quedó inmóvil en el lugar y aunque rogó que se detuvieran, esto no pasó. Los agentes le siguieron golpeando y hasta le tomaron fotos para judicializarlo después. La empresa Pacific Rubiales le prestó los primeros auxilios y fue trasladado al Hospital San Ignacio en Bogotá. El diagnóstico fue trastorno de nervio óptico, traumatismo por aplastamiento de la cara (le destrozaron el pómulo), “neuropatía postraumática nervio óptico izquierdo, fractura de piso de orbita blowout desplaza conminuta izquierda, fractura de lámina papirácea izquierda, fractura no desplazada de pared lateral de orbita izquierda, hemoseno secundario izquierdo, fractura de cuerpo mandibular derecho”.
La lesión del ojo, en pocas palabras, no era susceptible de mejoría y a Javier se le recomendó no trabajar en alturas o en la noche, o en labores que requieran precisión o en áreas de alto riesgo, así como tampoco hacer de operador. Javier perdió su trabajo por la lesión y su vida cambió de un día para otro. Por estos hechos, se inició una investigación en la Policía y en la Fiscalía que aún no arroja resultados. Javier y su familia demandaron a la Nación por los perjuicios causados “por la retención ilegal, tentativa de homicidio, torturas y lesiones personales de que fue objeto por parte de miembros del Escuadrón Móvil Antidisturbios”.
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La Policía respondió la demanda asegurando que no había prueba alguna de que las lesiones de Javier fueron provocadas por sus agentes, dado que estos hechos -aseguraron- fueron “originados por la turba enfurecida en los campos pertroleros”. También indicaron que el Esmad se limitó a disuadir la manifestación. La defensa del hombre resaltó que la lesión irreversible le provocó una pérdida de la capacidad laboral del 28, 21 % según la Junta Regional de Calificación de Invalidez del Meta.
En fallo conocido por El Espectador, el Juzgado encontró responsables a la Nación, representados en el Ministerio de Defensa y la Policía Nacional, por las acciones desmedidas de los agentes del Esmad en contra de Javier*, en medio de una protesta social. “La lesión sufrida por el aquí demandante, constituye un daño que resulta antijurídico, toda vez que la integridad física es un bien jurídicamente tutelado y nadie está obligado a soportar la pérdida o afectación de la misma, motivo suficiente para condenar a la Policía Nacional, con base en el régimen jurídico de responsabilidad aplicable al caso en concreto”, dice la decisión.
“El solo evento que el aquí demandante, resultará lesionado al margen del desarrollo de las protestas que se presentaron los días 18 y 19 de septiembre de 2011, en las instalaciones del área de explotación petrolera Campo Rubiales, es suficiente para condenar a la Policía Nacional, tal y como quedó señalado anteriormente, quien solo podrá exonerarse de responsabilidad, acreditando cualquiera de las causales de exoneración, tales como: fuerza mayor, caso fortuito, hecho del tercero o el hecho exclusivo de la víctima”, agrega el fallo.
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La decisión ordenó indemnizar a Javier, cuya mayor afectación además de la pérdida visual fue la pérdida del empleo. Su abogado, Germán Romero, aseguró que este hecho es una evidencia más de que el Esmad debe desmantelarse pues no es el primer caso y, en cambio, son todos los colombianos los que terminan pagando estas condenas. En ese sentido, Romero citó las reparaciones ordenadas por la justicia por casos notorios como el de Nicolás Neira, quien murió luego de una golpiza en medio de las marchas del 1º de mayo en 2005; o el del estudiante Jhonny Silva Aranguren, asesinado el 22 de septiembre de 2005 en medio de fuertes disturbios registrados dentro de la Universidad del Valle.
“El Esmad en mi concepto como funciona hoy en día no cumple estándares internacionales por procedimientos, uso de armas y cómo se evade la responsabilidad. (Se) está matando y mutilando jóvenes y se nos está volviendo costosísimo. Es una fuerza que hace uso de la violencia irracional. El Esmad es una fuerza insostenible a la luz del derecho internacional, pro eso no debe reformarse sino eliminarle de la fuerza pública”, agregó Romero.