Organigrama

La Asociación Red de Defensores y Defensoras de Derechos Humanos –dhColombia-, tiene como órgano de dirección la Asamblea General; como órgano de gobierno y fijación de políticas la Junta Directiva y la Representación Legal.

Asamblea General. Es la instancia de dirección y fiscalización de la Asociación y está integrada por todas las personas asociadas activas.

Asamblea General: Se reunirá ordinariamente dentro de los tres (3) primeros meses de cada año por convocatoria hecha por la Junta Directiva o el/la representante legal, previa citación escrita hecha por lo menos con cinco (5) días hábiles, en la cual se señalará el lugar, hora y fecha. Si no fuere convocada, la Asamblea se reunirá por derecho propio el último viernes del mes de marzo del año respectivo a las 10:00 a.m. en las oficinas del domicilio principal en la que funcione la administración de la Asociación. Extraordinariamente se reunirá por convocatoria de la Junta Directiva, la Representación Legal, por solicitud hecha a los entes autorizados para convocar o por solicitud de un número plural de personas asociadas, que representen no menos del 20% de las personas asociadas activas y honorarias; previa citación escrita hecha por lo menos con cinco (5) días hábiles, en la cual se señalará lugar, hora y fecha.

Junta Directiva: Es el organismo administrativo de la Asociación, compuesto por tres miembros principales y un suplente, elegidos por la Asamblea General, por períodos anuales, prorrogables indefinidamente.

Los/as miembros principales de la Junta Directiva contarán con un suplente quien lo/a reemplazarán durante las vacancias temporales, previa comunicación por escrito o verbal del/a miembro/a principal, hasta con un (1) día de anticipación a la fecha de la reunión ordinaria o extraordinaria.

A todas las reuniones ordinarias o extraordinarias de Junta Directiva podrán ser invitados todos/as los/as funcionarios y/o profesionales que forman parte del equipo operativo interno de la Asociación, los/as asociados/as externos/as o personas externas que de acuerdo con los temas a discutir tengan un conocimiento especializado.

No podrán formar parte de la Junta Directiva personas ligadas entre sí por afinidad en matrimonios legalmente celebrados, unión libre o de compañeros permanentes y de consanguinidad por parentesco dentro del tercer grado de consanguinidad, segundo de afinidad o primero civil. Si sobreviniere alguna de estas situaciones se procederá a suplir la vacancia como lo indica el parágrafo de éste mismo artículo.

La Junta Directiva dentro de su seno nombrará una presidencia y una secretaría que podrá ser rotativa para cada reunión y deberán cumplir con las funciones que se encuentran descritas en el artículo 16 y 17 respectivamente.

La Junta Directiva se reunirá ordinariamente una (1) vez cada tres (3) meses y extraordinariamente cuando lo requiera por convocatoria de la Representación Legal o por iniciativa de uno de sus miembros, citación que deberá hacerse por escrito vía correo electrónico o por comunicación telefónica, por lo menos con cinco (5) días de anticipación para las reuniones ordinarias y dos (2) días de antelación para las reuniones extraordinarias. La Junta Directiva contará con una suplencia quien asistirá a todas las reuniones de junta Directiva, y reemplazarán a los miembros principales ausentes en las vacancias temporales o absolutas, previa comunicación escrita o verbal del integrante principal, dirigida a la Junta Directiva con un (1) día de anticipación a la fecha de la reunión ordinaria o extraordinaria. Todos los miembros que participen en las reuniones de Junta Directiva tendrán voz y el quórum deliberatorio y decisorio será el determinado en el Capítulo IV, artículo 23

Representación Legal: Existirá una representación legal principal y una representación legal suplente. La Representación Legal se entenderá para todos los efectos que está en titularidad del Representación o Representante Legal Principal, será ejercida por una persona idónea, que la Asamblea General escogerá entre sus personas asociadas activas a quien le corresponde garantizar el cumplimiento de las políticas trazadas en Asamblea. Su período será de (1) un año con posibilidad de reelección hasta por un período igual.

La coordinación administrativa estará a cargo de una persona idónea quien será escogido/a y nombrado/a por la Junta Directiva.

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